
La notificación de los actos administrativos es el mecanismo mediante el cual el Invías pone en conocimiento del contribuyente la liquidación individual de la Contribución Nacional de Valorización, a través de la notificación personal previo el envío de una citación, notificación por aviso o mediante publicación de la notificación en la página web de la entidad, permitiendo que ejerza sus derechos como la defensa y la contradicción a través del recurso de reposición regulado por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – CPACA, para lo cual cuenta con 10 días hábiles posteriores a la respectiva notificación. Tenga en cuenta que, si no presenta el recurso de reposición en los términos dispuestos por Ley, el Acto administrativo quedará ejecutoriado y deberá proceder con el pago de la Contribución Nacional de Valorización.
A continuación, se detallan los métodos de notificación utilizados por Invías:
Citación
Proceso en el que se enviará al contribuyente, un oficio de citación a la dirección obtenida en el censo de la Contribución Nacional de Valorización, o a la que se obtenga del Registro Mercantil para que comparezca a la diligencia de notificación personal o autorice la notificación personal por correo electrónico. El envío de la citación se hará dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición del acto de liquidación individual.
Notificación personal (atención en punto físico)
Es la diligencia en la cual el contribuyente acude a los puntos de atención destinados por el Invías, para que se le haga entrega del acto administrativo. El Invías dispondrá de puntos de atención dispuestos en cada uno de los municipios de la zona de influencia de la Contribución Nacional de Valorización, para que puedan acceder a la notificación personal.
Notificación personal (correo electrónico)
El contribuyente podrá autorizar la notificación personal por correo electrónico a través del micrositio de la Contribución Nacional de Valorización dispuesto por el Invías. En este sitio, el contribuyente deberá registrar la información pertinente para ser debidamente notificado. El Invías remitirá al correo aportado por el contribuyente el acto administrativo materia de notificación.
Notificación por aviso
Cuando no fuera posible realizar la notificación personal antes descrita, se debe remitir a la dirección física del contribuyente, obtenida en el censo de la Contribución Nacional de Valorización o a la que se obtenga del Registro Mercantil, un aviso de notificación junto con el acto administrativo materia de notificación.
Notificación por aviso – página web
Si el aviso no pudiera ser entregado efectivamente por la empresa de correo certificado contratada por el Invías, se procederá con la publicación de la notificación en la página web de la entidad, con acceso público.
Tenga en cuenta que los trámites mencionados anteriormente son completamente gratuitos y no requieren intermediarios.