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Apreciado ciudadano en este espacio podrá conocer si su predio está exento o excluido de la Contribución Nacional de Valorización para el proyecto de infraestructura vial Cartagena - Barranquilla - Circunvalar de la Prosperidad, según lo establecido en el artículo 253 de la Ley 1819 de 2016 y en la Resolución 3856 del 26 de agosto de 2024.

Predios exentos

  • Los propietarios o poseedores de predios que están categorizados en extrema o moderada pobreza de acuerdo con las categorías del Sisbén (A1 - A15 y B1 - B7).
  • Predios sin capacidad de pago según estudios técnicos o aquellos con destino habitacional de estratos 1, 2 y 3, o Unidades Agrícolas Familiares (UAF), es decir tierras con destino agropecuario, agrícola, forestal y pecuario según los criterios de área y localización de la Resolución 041 de 1996 del INCORA (Instituto Colombiano de la Reforma Agraria).

Predios Excluidos

Son todos aquellos que se encuentran en la zona de influencia y que están enmarcados en la Ley 1819 de 2016 Artículo 253, como lo son:

1. Bienes de uso público.
2. Parques naturales.
3. Tierras comunales de grupos étnicos.
4. Tierras de resguardo.
5. Patrimonio arqueológico y cultural de la Nación. Siempre y cuando su titularidad radique en una entidad de derecho público, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 63 a 72 de la Constitución Política.
6. Las zonas de cesión obligatoria generadas en la construcción de urbanizaciones, barrios o desarrollos urbanísticos, siempre que al momento de la asignación del gravamen se encuentren abiertos los folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a dichas zonas, producto de la demarcación previa por localización y linderos en la escritura pública de constitución de la urbanización, o que se haya suscrito el acta de recibo o toma de posesión por parte de la entidad municipal encargada del espacio público en el municipio, incluidas en el respectivo plano urbanístico.
7. Los predios ubicados en zonas de alto riesgo no mitigable.
8. Las áreas destinadas a tumbas y bóvedas ubicadas en los parques cementerios, cuando no sean de propiedad de los parques cementerios.
9. Los predios de propiedad de delegaciones extranjeras, acreditadas ante el Gobierno Colombiano y destinados a la sede, uso y servicio exclusivo de la misión diplomática respectiva.
10. Los edificios propiedad de la iglesia católica destinados al culto, las curias diocesanas, las casas episcopales, rurales y los seminarios, de conformidad con el Concordato, los edificios de propiedad de cualquier religión, destinados al culto, a sus fines administrativos e institutos dedicados exclusivamente a la formación de sus religiones.

Consulte si su predio está exento o excluido

Pulse clic en el municipio que desea consultar, revise el listado en el pdf y busque con Ctrl F. La información de los predios está organizada según el código predial en orden ascendente. Si desconoce dicho código, también podrá realizar la búsqueda utilizando el número de folio de matrícula inmobiliaria y/o la dirección del predio.

Si no conoce el código predial, puede encontrarlo en los documentos de su propiedad. Este código consta de 30 dígitos: los cinco primeros corresponden al código del departamento y municipio, y los 25 restantes identifican el inmueble.

Tenga en cuenta que, si su predio no aparece en los listados, es posible que no esté ubicado dentro de la zona de influencia o que forme parte de los predios sujetos al pago de la contribución.





¿Qué es el censo predial y de propietarios?

El Instituto Nacional de Vías – INVÍAS realizó la validación del censo predial y de propietarios, el cual se desarrolló entre el 28 de octubre y el 30 de noviembre de 2024. Este proceso permitió identificar las características físicas, jurídicas, económicas y cartográficas de los predios ubicados en el área de influencia de la Contribución Nacional de Valorización, así como las variables que determinan los beneficios asociados a cada predio.

Se informa a los contribuyentes que de acuerdo a las políticas establecidas por el Instituto Nacional de Vías, Invías, el proceso de verificación y actualización del censo predial del proyecto de valorización "Cartagena - Barranquilla - Circunvalar de la Prosperidad", concluyó el 30 de noviembre de 2024 a las 00:00 horas.